Actualidad

La AFIP extenderá los plazos para presentar declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales

El organismo conducido por Carlos Castagneto fijó como nuevas fechas de presentación de las declaraciones los días 22, 23 y 26 de junio, mientras que las nuevas fechas de pago serán los días 23, 26 y 28, en ambos casos según corresponda al número de finalización del CUIT de cada contribuyente.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extenderá los plazos para la presentación de declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales de personas humanas y sucesiones indivisas, y del impuesto cedular.

El organismo conducido por Carlos Castagneto fijó como nuevas fechas de presentación de las declaraciones los días 22, 23 y 26 de junio, mientras que las nuevas fechas de pago serán los días 23, 26 y 28, en ambos casos según corresponda al número de finalización del CUIT de cada contribuyente.

Así quedó establecido mediante la Resolución General 5367/2023, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial, anticipó el organismo en un comunicado.

"Los y las contribuyentes obligados a presentar la declaración jurada del impuesto a los bienes personales regirá para bienes gravados cuyo valor supere los $11.282.141,08. La casa habitación no quedará incluida en el tributo en la medida en que sea inferior a $56.410.705,41", se informó.

Por su parte, las declaraciones juradas correspondientes al impuesto cedular tendrán los mismos plazos que las del impuesto a las Ganancias.

El calendario de vencimientos operará de acuerdo a la terminación de la CUIT de cada contribuyente, de la siguiente forma:

- Finalizados en 0,1,2 y 3 tendrán fecha de presentación el 22 de junio y fecha de pago el 23.

- Finalizados en 4, 5 y 6 tendrán fecha de presentación el 23 de junio y fecha de pago el 26.

- Finalizados en 7, 8 y 9 tendrán fecha de presentación el 26 de junio y fecha de pago el 28.

Por su parte, las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y del impuesto cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas-Portal integrado”.

En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación se realizará mediante el servicio web con clave fiscal “Bienes Personales Web”.

AFIP Ganancias y Bienes Personales

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web