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El Gobierno oficializó las secciones de la Ley Bases sobre privatizaciones y reforma del Estado

Este lunes se publicó el primer tramo de reglamentación de la normativa que obtuvo su sanción definitiva en junio.

Tras la obtención de la sanción definitiva de la ansiada normativa a fines de junio, el Gobierno de Javier Milei publicó este lunes el primer tramo de la reglamentación de la Ley Bases en el Boletín Oficial, un documento que fue firmado por el mandatario el pasado viernes a última hora.

A través del Decreto 695/2024, se reglamentaron los capítulos sobre privatizaciones de empresas públicas o con participación estatal y empleo público, ambos dentro del apartado de "Reforma del Estado", junto al silencio administrativo que deberá implementar la Jefatura de Gabinete en un plazo de 15 días.

El documento oficial fue publicado bajo la firma del presidente Milei junto a la del Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegge, y Economía, Luis Caputo.


El artículo 1° del documento establece la "aprobación de la reglamentación del Título II- Reforma del Estado- De la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº27.742", mientras que el artículo 2° señala que "la Jefatura de Gabinete de Ministros dentro del plazo de quince días contados a partir de la entrada en vigencia del presente, debe aprobar el cronograma de implementación del silencio con sentido positivo".

"El silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, comenzará a regir de acuerdo con las fechas previstas en el precitado cronograma y para los procedimientos que se inicien con posterioridad a las mismas", detalló el Decreto.

El documento también indicó que "las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada deberán identificar y mantener actualizado el detalle de los procedimientos administrativos alcanzados por lo establecido en el párrafo anterior, en el ámbito de sus competencia".

"Los procedimientos administrativos regulados en normas especiales que contemplen la aplicación del silencio con efecto positivo continuarán rigiéndose por sus respectivas normas y mantendrán plena operatividad", señaló finalmente la publicación en el Boletín Oficial.

A pesar de que el Gobierno ya obtuvo la aprobación definitiva de la Ley Bases y el Paquete Fiscal, hasta el momento solo se había reglamentado la segunda normativa el pasado 12 de julio mediante el decreto 608/2024, la Ley 27.743 con las Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, con los lineamientos sobre Bienes Personales, el blanqueo y la moratoria, publicó Perfil

Capítulos reglamentados
El anexo publicado junto a la normativa en el Boletín Oficial indica que son cuatro los capítulos reglamentados de la Ley Bases. Concretamente: "Reorganización administrativa", "Privatizaciones", "Procedimiento administrativo" y "Empleo Público".

En lo que respecta a "Reorganización administrativa", el documento indicó que "el ministerio de Economía propondrá al Poder Ejecutivo Nacional, según corresponda, la modificación, transformación, unificación, liquidación o disolución de los fondos fiduciarios públicos de conformidad con las reglas establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 5° de la Ley N° 27.742 y las que surjan de sus normas de creación, instrumentos constitutivos u otra disposición que resulte aplicable".

Dicho proceso de liquidación de los fondos fiduciarios disueltos se verá sujeto a "las disposiciones determinadas de esta reglamentación y sus normas complementarias que en el futuro se dicten". A su vez, "no podrán incluirse en las actas de transferencia respectivas, cláusulas que aprueben la gestión fiduciaria o que declaren la renuncia de derechos o acciones del Estado Nacional respecto del fiduciario o de terceros".

"El Ministro o el Secretario de la Presidencia de la Nación en cuya jurisdicción se encuentre la empresa o sociedad sujeta a privatización deberá elevar al Poder Ejecutivo Nacional, previa intervención de la Agencia de Transformación de Empresas del Estado, un informe circunstanciado con la propuesta concreta vinculada al procedimiento y modalidad más adecuada para hacer efectiva la privatización", se indicó luego en la sección de "Privatizaciones".

Según se detalló en la normativa, el informe deberá contener el carácter total o parcial de la privatización propuesta y su fundamento, las alternativas de procedimiento que se estimen adecuadas al caso, la o las modalidades convenientes para materializar la privatización, el procedimiento de selección que se prevea utilizar y los plazos estimados para cada una de las etapas del procedimiento de privatización

También se deberá incluir la eventual propuesta para el otorgamiento de las preferencias y la aplicabilidad, si corresponde, de un Programa de Propiedad Participada, el cual especifique las clases de sujetos adquirentes y proporción del capital accionario comprendido en el programa.

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