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AFIP reglamentó anticipo de Ganancias para las empresas de mayores ingresos

Se establece un pago a cuenta por única vez a contribuyentes cuya declaración jurada sea igual o superior a 100 millones de pesos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el anticipo del impuesto a las Ganancias que alcanzará a las empresas de mayores ingresos, por el cual el Estado espera recaudar más de $ 250.000 millones, a través de la resolución general 5248/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma establece por única vez un pago a cuenta de Ganancias a cargo de los contribuyentes y responsables cuyo monto del impuesto determinado de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2021 o 2022, según corresponda, sea igual o superior a $ 100 millones.

También alcanza a aquellos cuyo monto del resultado impositivo que surge de la declaración jurada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores conforme la mencionada ley del impuesto, sea igual o superior a $ 300 millones.

En tanto quedarán excluidas aquellas personas jurídicas que hubieran obtenido un certificado de exención de Ganancias, vigente en 2021 o 2022.

La AFIP destacó que “a comienzos de año, la economía mundial se vio afectada, como consecuencia del conflicto bélico en Europa Oriental, por un incremento general y extraordinario de los precios internacionales, en especial de los commodities, los alimentos y la energía”.

“Nuestro país, en tanto histórico exportador de algunos de los bienes que registraron aumentos extraordinarios en sus precios internacionales, resultó beneficiado con una mejora en los términos de intercambio”, indicó el organismo que conduce Carlos Castagneto.

Además, subrayó que “al mismo tiempo, este encarecimiento de los precios internacionales afectó, vía importaciones, determinados productos de consumo local y tuvo su impacto en la economía doméstica”.

Por eso señaló que “a resultas de esta situación excepcional, actores económicos locales se han visto beneficiados al obtener ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos productos y servicios”.

La AFIP puntualizó que “ante este tipo de coyunturas es necesario que el Estado tome un rol activo, generando instrumentos que permitan reducir esos impactos negativos”.

“La Administración Federal de Ingresos Públicos considera oportuno establecer por única vez un pago extraordinario a cuenta del impuesto a las Ganancias que deberán ingresar determinados sujetos que, no sólo han sido beneficiados por los efectos descritos, sino que además poseen capacidad contributiva que los ubica dentro del primer decil de las personas jurídicas alcanzadas por este tributo, representando un universo inferior al 1% del total de las personas jurídicas que presentan las declaraciones juradas del impuesto”, remarcó el organismo recaudador.

Asimismo, subrayó que “los que tienen que pagar un impuesto determinado superior a $ 300 millones, deberán adelantar un 25%”, y añadió que “los que tienen un impuesto determinado mayor a $ 100 millones, deberán adelantar un 15%”.

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